laSexta no podrá seguir usando imágenes de Telecinco en ninguno de sus programas, según la sentencia. En el fallo, contra el que cabe recurso, el magistrado estima parcialmente la demanda interpuesta por Telecinco y condena además a la cadena que preside Emilio Aragón al pago de una indemnización por daños y perjuicios cuya cuantía se establecerá posteriormente, según publica el diario El País.
Según la nota de Telecinco, desde su lanzamiento laSexta ha emitido, sin autorización de Telecinco y pese a su oposición expresa, contenidos de programas como 'TNT', 'Aquí hay tomate', 'El buscador', 'A tu lado', 'El programa de Ana Rosa', 'Está pasando', 'Dolce Vita' o 'La noria', todos ellos protegidos por la Ley de Propiedad Intelectual.
Este uso ilícito de imágenes ha tenido lugar fundamentalmente en los programas 'Sé lo que hicisteis…', 'El intermedio' y 'Traffic TV'. A modo de ejemplo, durante el mes de septiembre de 2007 las imágenes de Telecinco utilizadas en el programa 'Sé lo que hicisteis…' llegaron a superar más del 20% del programa.
Según el informe presentado por Telecinco que analiza distintos períodos de tiempo entre diciembre de 2006 y diciembre de 2007, la sentencia afirma que "en dicho programa se llegan a emitir entre cinco y trece minutos de imágenes extraídas de distintos programas de Telecinco. Las imágenes se alternan con comentarios y críticas en tono humorístico de los presentadores del programa. Las imágenes de Telecinco con los comentarios llegan a representar, en ocasiones, hasta un 30% del total del programa; y, si bien es cierto que también se utilizan imágenes de otros operadores, el tiempo de presencia de las de Telecinco duplica las imágenes de la siguiente cadena (Antena 3)".
Así, la sentencia señala que laSexta ha infringido los derechos de propiedad intelectual de Telecinco, tanto sobre sus producciones propias como sobre los programas de los que es titular de todos los derechos de explotación (artículos 48, 121, 122 y 126). También ha incurrido en las conductas desleales sancionadas en los artículos 6, 7 y 12 de la Ley de Competencia Desleal (actos de confusión, de imitación y de explotación de la reputación ajena, respectivamente).